Iglesia particular

Una Iglesia particular (en latín: ecclesia particularis), en la eclesiología de la Iglesia católica introducida por el Concilio Vaticano II, es una comunidad de fieles católicos confiada al cuidado pastoral de un obispo —o de un presbítero reconocido como su equivalente— ayudado por un presbiterio, de modo que unida a su pastor por el Espíritu Santo a través del Evangelio y la eucaristía, en ella está presente y operante la Iglesia de Cristo que es una, santa, católica y apostólica.[1]

  1. Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española. «Iglesia particular». Diccionario panhispánico del español jurídico, 2020.

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